El pasado 18 de noviembre se publicó en el BOE la Orden HFP/1106/2017 por la que se aprueba:

  • el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y
  • los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.

Respecto al Modelo 190, se introducen:

  • un nuevo campo para informar de la dirección de mail,
  • y nuevos campos para reflejar la diferenciación entre prestaciones dinerarias y en especie derivadas de incapacidad laboral y prestaciones dinerarias y en especie  no derivadas de la incapacidad laboral.

 

¡Atención!: ¡Cambios en los plazos de presentación!

 

En el sector de la asesoría, estábamos muy pendientes hace unos meses de los cambios en los plazos de presentación de los modelos informativos 184 y 347, que son los que afectan a las empresas con las que trabajamos (los modelos 171 y 345 son de Declaración anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento; y Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones, respectivamente).

Finalmente, para este próximo plazo se ha mantenido el plazo de presentación para el modelo 347, pero el avance en el plazo de presentación correspondiente al modelo 184 ya será efectivo este enero:

Modelo 184. Declaración informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual.

Se adelanta el plazo de presentación 1 mes. Es decir, ya deberá presentarse este enero de 2018 este modelo correspondiente a la información del 2017.

Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas.

A pesar de que para este año se ha mantenido el plazo de presentación hasta el mes de febrero de 2018, a partir del año que viene deberá presentarse en enero.